¿Qué pasa si fallezco?
Si estas dentro del período de conservación de derechos, tus beneficiarios obtendrán las siguientes pensiones:
Esposa o concubina
Recibiría el 90% de la pensión de invalidez, cesantía o vejez que estuvieras recibiendo, o de la que te hubiera correspondido en caso de invalidez.
En caso de que contraiga matrimonio o viva en concubinato, pierde el derecho a la pensión, y se le liquidaría con el pago único de 3 anualidades de pensión.
Hijos
Los hijos menores de 16 años o hasta 25 (si están estudiando) recibirían el 20% cada uno
Ascendientes
A falta de esposa e hijos, los padres dependientes económicos recibirían el 20% cada uno
El monto de todas las pensiones no puede rebasar el 100% de la pensión que disfrutaba el asegurado o pensionado fallecido, en caso de que excedan, se reducirán proporcionalmente cada una de las pensiones.